Proyecto de Reforma Tributaria y medidas económicas

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Proyecto de ley de reconstrucción y desarrollo económico

El Ejecutivo anunció el ingreso de un proyecto que contempla más de 40 medidas orientadas a reactivar la economía,  fortalecer  el  empleo  y ajustar el sistema tributario.

Desde una perspectiva técnica, la propuesta se articula sobre cinco líneas de acción:

– Competitividad tributaria
– Fomento al empleo formal
– Simplificación regulatoria
– Certeza jurídica para la inversión
– Contención del gasto público

El diseño combina modificaciones estructurales (impuesto corporativo e integración) con medidas transitorias de incentivo económico.

Modificaciones estructurales al régimen general

Rebaja gradual de la tasa del IDPC
Se  anuncia  una  reducción  desde  el 27% actual hacia una tasa objetivo de 23%. El calendario no fue informado en el anuncio público, pero la minuta técnica  del  Ejecutivo  establece  que  la  tasa permanece en 27% durante 2026, baja a 25,5% en 2027, a 24% en 2028, y alcanza el 23% en 2029.

Reintegración progresiva del sistema
Se  anuncia  el  restablecimiento  de  la  imputación íntegra del IDPC contra los impuestos finales de los propietarios, eliminando la obligación de restitución vigente   bajo   el   régimen   semi-integrado.   La reintegración total del sistema no se completaría sino hasta el período tributario 2031.

Régimen de invariabilidad tributaria
Reintroducción  de  un  mecanismo  de estabilidad  jurídico-tributaria  para inversiones de largo plazo, por un período de 25 años, de naturaleza análoga al derogado DL 600.

Impuesto sustitutivo sobre créditos con obligación de restitución
Para  créditos  actualmente  sujetos  a restitución,  se  contempla  una  tasa sustitutiva del 15% en reemplazo del 35% vigente,  con  efecto  de  convertirlos  en créditos sin obligación de restitución.

Régimen Pyme
Se mantiene el régimen de reducción transitoria establecido en la Ley N°21.755, con tasas de 12,5% para 2026 y 2027, y 15% para 2028, sujeto al cumplimiento de requisitos específicos.

Medidas transitorias de recaudación y regímenes especiales

Repatriación de capitales
Régimen general (tasa 10%) Sistema  extraordinario,  voluntario  y temporal de declaración de bienes y rentas situados  en  el  extranjero,  afecto  a  un impuesto único y sustitutivo del 10%, con vigencia de 12 meses desde la publicación de la ley.

Tasa reducida (7%) con condiciones
La tasa del 7% está sujeta a dos requisitos simultáneos: repatriación efectiva dentro de los primeros tres años desde la publicación de la ley, y mantención de la inversión en instrumentos específicos —inmuebles DFL2 o valores del artículo 107 de la LIR— por un mínimo de ocho años. El retiro anticipado obliga al pago de la diferencia, alcanzando la tasa del 10%.

Impuestos a las donaciones
Rebaja transitoria (Ley N°16.271) Reducción del gravamen al 50% de la tasa vigente por 12 meses desde la entrada en vigor  de  la  ley.  Se  mantiene  el  crédito imputable al impuesto a la herencia por el total del impuesto determinado. Se elimina el   trámite   de   insinuación   judicial, reemplazándolo  por  declaración  jurada ante el SII.

Crédito tributario al empleo formal
Crédito  equivalente  al  15%  de  la remuneración bruta para trabajadores con remuneración entre 7,8 UTM (~$545.000) y 12  UTM  (~$838.000  mensuales),  con reducción progresiva hasta 0% al superar el tramo  superior.  El  crédito  es  imputable contra PPM, IVA e IDPC.

Tributación Inmobiliaria

Exención transitoria de IVA — venta de viviendas nuevas
Exención  opcional  del  IVA  por  12 meses,  aplicable  a  viviendas  con recepción  municipal  parcial  o definitiva  al  momento  de  la publicación  de  la  ley.  La  medida aplica exclusivamente sobre el stock ya construido existente a esa fecha. Incluye bodegas y estacionamientos vendidos  conjuntamente,  promesas de  compraventa  celebradas  en  el mismo  plazo  y  ventas  celebradas desde  el   ingreso   del   mensaje presidencial.

Exención de impuesto territorial
Liberación  del  impuesto  territorial sobre la vivienda principal de personas mayores de 65 años, limitada a una propiedad por contribuyente a una propiedad por contribuyente a nivel nacional, con mecanismo de compensación al Fondo Común Municipal.

Regulación Ambiental

Reducción de plazos de invalidación
El plazo de invalidación administrativa de permisos sectoriales se reduce de 2 años a 6 meses. Se limitan a 6 meses las medidas precautorias que puedan paralizar proyectos ya aprobados. El SEA recibe atribuciones para filtrar organismos sectoriales.

Reembolso por RCA anulada judicialmente
Mecanismo de restitución de gastos incurridos por titulares de   proyectos   con   RCA aprobada     que     sean posteriormente  anulados  en sede judicial.

¿Que significa esto en la práctica?
– Las medidas apuntan a reactivar inversión y liquidez en el corto plazo
– Se abren oportunidades en planificación tributaria (donaciones, repatriación, inmobiliario)
– Cambios relevantes en estructura del sistema (tasa e integración)

Recomendación:
Evaluar anticipadamente el impacto en estructuras actuales y posibles oportunidades de optimización tributaria.

Atención:
La información contenida en esta presentación se  basa  en  antecedentes  públicos  de  medios  de comunicación y anuncios efectuados por el Ejecutivo, los cuales tienen carácter preliminar. A la fecha, no se ha ingresado el texto definitivo del proyecto de ley al Congreso Nacional. En consecuencia, el contenido, alcance, condiciones de aplicación y efectos de las medidas descritas podrían experimentar  modificaciones  durante  su  tramitación legislativa.

 

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